DERECHO CIVIL
Por Derecho Civil se entiende socialmente el Derecho común y antítesis del Decho Penal. También el llamado a juzgar de todos los actos o hechos de la vida privada social. Su normas se aplican a todas las materias de derecho privado que no tengan una regulación especial de carácter legal. Para algunos autores en el Derecho por antonomasia. En los tiempos actuales, en los que las normas se multiplican, el Derecho Civil sigue siendo el referente a la hora de abordar cualquier cuestión relacionada con la regulación de las principales relaciones entre las personas, ya que tradicionalmente es la rama del derecho que regula el estado civil de las personas, las relaciones familiares (matrimonio, divorcio, filiación...), la propiedad (su transmisión, los derechos que de ellas se derivas...) y los demás derechos reales, las obligaciones y contratos (desde el compromiso más usual en la vida cotidiana al contrato más complejo), y las sucesiones (testamentos, herencias, legítimas...). Como ocurre en el mundo del Derecho en general, las diversas ramas del Derecho Civil no constituyen ámbitos estancos. En CERDÀ-ADVOCATS no solo somos muy conscientes de ello sino que lo aplicamos en nuestro día a día. Por ello en esta web dispone de páginas destinadas a aspectos concretos y muy importantes del Derecho Civil: DERECHO DE FAMILIA y DERECHO DE SUCESORIO, además del apartado destinado a ADMINISTRACIÓN DE FINCAS. | ALGUNAS DE LAS COSAS QUE PODEMOS HACER PARA USTED: ⇒ Propiedad horizontal. Asesoramos y defendemos los derechos de Comunidades de Propietarios, administradores de fincas y de propietarios frente a sus comunidades. También disponemos de una división de administración de fincas. |