Publicado:
1/31/2023

¿Es obligatorio comunicar a la Comunidad que se ha vendido la vivienda?

No solo es obligatorio (artículo 9 LPH) sino muy conveniente hacerlo; basta -por ejemplo- enviar un mail al administrador, que agradecerá también que se le facilite el contacto del nuevo propietario.

No hacer esta comunicación, por ejemplo, puede suponer tener que pagar las deudas con la Comunidad en las que incurra el nuevo propietario, porque la LPH señala al respecto que “Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste”.

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